martes, 1 de enero de 2013

El SIN anuncia requisitos para shows internacionales

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) dio a conocer las modificaciones a la normativa para los espectáculos públicos con artistas extranjeros.

Las personas naturales que realicen espectáculos con artistas extranjeros deben contar con el Registro de Comercio – Fundempresa, una certificación de que no tienen deudas tributarias ejecutoriadas y estar habilitados como contribuyente Newton.

“Impuestos Nacionales verificará in situ el domicilio fiscal declarado en el padrón de contribuyentes. Sus actividades deben estar registradas contablemente en forma diferenciada por cada evento, detallando gastos e ingresos, cuentas bancarias, contratos realizados con los artistas extranjeros o sus representantes legales”, señaló, en una nota de prensa, Roberto Ugarte, titular del SIN.

Sobre las modificaciones, Ugarte explicó que una Resolución Normativa de Directorio emitida el 20 de mayo de 2011 establece que lo que los patrocinadores de espectáculos internacionales “deben presentar el original de la boleta de garantía bancaria a primer requerimiento, endosada a nombre de la Gerencia Distrital o Gerencia GRACO”.

También explicó que otra modificación tiene que ver con la emisión de las letras de cambio, que deben ser firmadas por una persona natural o un representante legal de la organización responsable del evento público, por un monto equivalente al 20% del valor total de las facturas a ser dosificadas. Estas letras deberán tener una fecha de vencimiento o ejecución de 120 días posteriores a la conclusión del espectáculo público autorizado.

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