sábado, 8 de agosto de 2009

Alcaldía multó a productores del concierto de Vilma Palma


Bs 3.000 es la multa que interpuso la Alcaldía cruceña a los organizadores del show de Vilma Palma, por el retraso de tres horas en la presentación de los argentinos, el miércoles en el estadio de Real Santa Cruz.
La banda subió al escenario a las 1:15, luego de la actuación de Bajo Cero y de un prolongado bache debido a que Skálibur, la otra banda telonera, no se presentó por problemas de logística, según dijo el responsable del espectáculo, Gustavo Tobar, que rechaza la multa impuesta por el municipio. “No pueden multarnos, porque el show de Vilma Palma estaba programado a esa hora aproximadamente. Entiendo que la notificación correspondía si la primera banda telonera hubiera tocado a la 1:00, pero el show comenzó a las 22:00 con Bajo Cero y eso también cuenta”, dijo Tobar.
Respecto a un supuesto incumplimiento contractual con Vilma Palma, Tobar aseguró que les pagó a tiempo todo lo que se les debía.
Debido a lo ocurrido en el show y a las múltiples quejas del público al respecto, las autoridades municipales han advertido que de ahora en adelante el margen de atraso de un concierto será máximo de media hora, caso contrario suspenderán el espectáculo y los promotores se verán obligados a devolver el dinero de las entradas.
Así lo informó José Canudas, Oficial Mayor de Seguridad Ciudadana de la Alcaldía, que además señaló: “Nosotros no organizamos los conciertos, pero sí vamos a hacer cumplir las normas. Aquí deben aprender a respetar al ciudadano que pagó su entrada”, sentenció el oficial municipal.
Por su parte, Lorgio Ardaya, ex director de Defensa al Consumidor, recordó la ordenanza 040/2001 que señala cuáles son las normas del Reglamento de Defensa al Consumidor, y de cómo el ciudadano tiene todo el derecho de exigir que le devuelvan su dinero si se demuestra que el producto no es de calidad.
En el caso de los conciertos, Ardaya indicó que la Alcaldía tiene toda la potestad de tomar las medidas extremas en caso de incumplimiento, amparándose en el reglamento.
“La Alcaldía mediante sus direcciones que amparan al ciudadano debe hacer respetar la ordenanza 040/2001”, apuntó el ex director.
Canudas adelantó que si el concierto de Daddy Yankee de hoy no comienza a la hora señalada, corre el riesgo de clausurarse.

Reglamento

Artículo 7. En el inciso G, señala que son derechos del ciudadano la protección contra la publicidad engañosa o abusiva en la medida que ésta los afecte directamente.

Art. 51. Los expendedores de bienes y servicios deberán suministrar al consumidor garantías suficientes contra desperfectos y malos funcionamientos.

Art. 57. El afectado tendrá derecho a la reposición o devolución de la cantidad pagada en caso de que el producto no cumpla con las especificaciones correspondientes.

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